La asociación de transportistas españoles ha denunciado que los márgenes de error en los radares no están siendo aplicados.
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha denunciado, una vez más, que las Jefaturas Provinciales de Tráfico no están aplicado el margen de error de los radares, algo a lo que están obligados a la hora de multar a los conductores.
Según Fenadismer, las multas se están imponiendo sobre la cifra obtenida por el radar, sin tener en cuenta, posteriormente, el margen de error que todos los radares y cinemómetros tienen, tal y como ha publicado en distintas ocasiones el Instituto Nacional de Metrología.
UNA REIVINDICACIÓN CONTINUA
Esta vez ha sido Fenadismer, pero en otras ocasiones han sido las diferentes asociaciones de automovilistas o ciudadanos particulares quienes han interpuesto denuncias contra la DGT y a los que la justicia ha dado la razón. La no aplicación del margen de error de los radares es una reivindicación reclamada de manera continua con el paso de los años.
En abril conocimos hasta tres sentencias en las que se daba la razón a los ciudadanos que reclamaban que la DGT aplicara correctamente los márgenes de error de los radares. En todas ellas se rebajó la sanción a los conductores multados.
En esta ocasión, Fenadismer subraya que la no aplicación de la ley puede suponer un claro perjuicio a sus asociados, ya que una vez superado el primer tramo de 100 euros de multa, todas las sanciones llevan consigo pérdida de puntos del carnet, un elemento básico para que los transportistas puedan ejercer su profesión.
A PARTIR DE QUÉ VELOCIDAD DEBERÍAN MULTARTE
Si recibes una multa en casa, fíjate bien qué velocidad recoge la imagen incluida, ya que la aplicación del margen de error de los radares puede salvarte de ella o reducir la cuantía de la misma y la pérdida de puntos.
En el caso de que la velocidad máxima permitida sea inferior a 100 km/h, el margen de error para los radares fijos es de 4 km/h y del 4 por ciento en el caso de que la velocidad sea captada por una unidad móvil. Si, por el contrario, la velocidad máxima legal es superior a 100 km/h, el margen de error es de 7 km/h en el caso de los radares fijos y del 7 por ciento en los radares móviles.
Pese a ello, en caso de que recurras una multa, primero asegúrate de que merezca la pena por tener algo que ganar, ya que desde el momento que se interpone la reclamación se renuncia automáticamente a la opción de “pronto pago”, la cual reduce la cuantía de la sanción al 50 por ciento.
Autor: Alberto de la Torre.
Fuente: autopista.es